EL OFICIO DE LAS LLAVES
Como el jefe de familia debe enseñarlo con toda sencillez en su casa.
1] ¿Qué es el Oficio de las Llaves?
El Oficio de las Llaves es el poder peculiar que nuestro Señor Jesucristo ha dado a su Iglesia en la tierra, de perdonar los pecados a los penitentes, y de retener los pecados a los impenitentes mientras no se arrepientan.
2] ¿Dónde está escrito esto?
Así escribe el evangelista San Juan en el capítulo veinte: “Así escribe el evangelista San Juan en el capítulo veinte: 'Y habiendo dicho esto, sopló, y les dijo: Recibid el Espíritu Santo. A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos.” (Juan 20:22-23)
3] ¿Qué crees según estas palabras?
Cuando los ministros de Cristo debidamente llamados, por su mandato divino tratan con nosotros, especialmente cuando excluyen a los pecadores manifiestos e impenitentes de la congregación cristiana, y cuando absuelven a los que se arrepienten de sus pecados y prometen enmendarse, creo que esto es tan válido y cierto, tambien en el cielo, como si nuestro Señor Jesucristo mismo tratase con nosotros.
Cómo enseñar a la gente a confesarse
¡Por favor, indícame un ejemplo breve de cómo confesarme!
De esta manera debes dirigirte al confesor:
R: Estimado confesor: Le pido por favor que oiga mi confesión y de acuerdo con la voluntad de nuestro amado Dios, me declare el perdón de mis pecados por los méritos de Cristo Jesús.
P: Te oigo estimado/a hermano/a, dime:
R: Yo, pobre pecador, confieso delante de Dios que soy culpable de todos los pecados; pero especialmente hoy confieso ante usted que:
Por ejemplo, un empleado o quien esté bajo autoridad puede decir así:
R: En mi trato y responsabilidades he sido infiel o negligente a mi jefe, superiores y autoridades. Pues de alguna forma u otra no he hecho lo que me ha sido encomendado, moviéndolos así a enojarse o a maldecirme; he descuidado algunas cosas y he permitido que ocurran daños. He sido también indecente en palabras y obras; me he irritado con mis semejantes y he murmurado y maldecido contra mis autoridades, etc. De todo esto me arrepiento e imploro gracia y misericordia; pues anhelo corregirme.
Por ejemplo, un superior, autoridad o jefe puede decir así:
R: No eduqué fielmente para gloria de Dios a cuantos han sido puestos bajo mi autoridad (Ej. hijos, familia, empleados, etc.); no he tratado bien u obrado honradamente con los que están colocados bajo mi responsabilidad y cuidado. He maldecido; he dado malos ejemplos con palabras y obras impúdicas; he hecho mal a mi vecino, hablando mal de él, vendiéndole muy caro, dándole mala mercadería y no toda la cantidad que corresponde. De todo esto me lamento e imploro gracia y misericordia; pues anhelo corregirme.
En general, deberá confesarse todo lo que uno ha hecho en contra de los Diez Mandamientos, de acuerdo con su vocación u oficio, etc. Pero si alguien no se siente cargado de tales o aún mayores pecados, entonces no debe preocuparse o buscar más pecados ni inventarlos, convirtiendo con ello a la confesión en una tortuosa obra, sino que debe mencionar uno o dos pecados que recuerde.
Puede hacerlo de esta manera:
R: En especial confieso que he pensado mal de las personas; del mismo modo que he sido desconsiderado con mis palabras, que he descuidado esto y aquello…, etc.
Considera esto como suficiente. Si no sientes ningún pecado (lo que no debería ser posible), entonces no debes decir nada en particular, sino recibir el perdón de la confesión general como se declara en el culto dominical.
Después de oír la confesión, el confesor debe responder:
P: Dios sea contigo misericordioso y fortalezca tu fe.
R: Amén.
P:Dime: ¿Crees tú también que el perdón que te otorgo es el perdón de Dios?
R: Sí, lo creo.
Entonces dirá el confesor:
P: Ve, y como creíste, te sea hecho. (Mateo 8:13)
Y yo por mandato de nuestro Señor Jesucristo te perdono tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén. Ve en paz. (Marcos 5:34; Lucas 7:50; 8:48)
Aquellos que tengan gran carga de conciencia, estén afligidos o atribulados el confesor los sabrá consolar e impulsar hacia la fe con más pasajes bíblicos. Esta debe ser sólo una manera usual y sencilla de confesión.
4] ¿Qué es la confesión?
La confesión comprende dos partes. La primera consiste en que confesemos los pecados; y la segunda, que recibimos del confesor la absolución o remisión como de Dios mismo, y no dudamos de ninguna manera, sino que creemos firmemente que por ella los pecados son perdonados ante Dios en el cielo.
5] ¿Qué pecados debemos confesar?
Ante Dios debemos confesarnos culpables de todos los pecados, aun de aquellos que no podemos discernir, como lo hacemos en el Padrenuestro; no obstante, delante del confesor debemos confesar solamente aquellos pecados que sabemos y sentimos en el corazón.
6] ¿Cuáles son estos pecados?
Aquí considera tu estado según los Diez Mandamientos, si eres padre, madre, hijo, hija, jefe, jefa, empleado, empleada, amo, ama, criado, criada; si has sido desobediente, infiel, indolente; si has hecho mal a persona alguna con palabras u obras; si has hurtado, descuidado, derrochado, o hecho algún otro daño.