(Artículo VI). De la Confesión y la Satisfacción.

1] Las personas temerosas de Dios, honorables, piadosas y cristianas pueden notar bien aquí que es muy importante que se tenga y mantenga en la Iglesia una doctrina correcta y cierta sobre la poenitentia, sobre el arrepentimiento y la fe. Pues el gran engaño de las indulgencias, etc., ítem, la torpe doctrina de los sofistas, nos ha enseñado suficientemente cuántos grandes males y peligros surgen de ello cuando uno falla aquí. ¡Cuántas conciencias piadosas bajo el papado buscaron aquí con gran esfuerzo el camino correcto y no lo encontraron en medio de tal oscuridad! Por eso, siempre hemos puesto gran diligencia en enseñar de manera clara, cierta y correcta sobre este punto. Sobre la confesión y la satisfacción no hemos contendido particularmente.

2] Pues conservamos la confesión también por causa de la absolución, la cual es la Palabra de Dios, mediante la cual el poder de las llaves nos declara libres de los pecados.

3] Por lo tanto, sería contrario a Dios abolir así la absolución también de la Iglesia, etc.

4] Aquellos que desprecian la absolución no saben qué es el perdón de los pecados o qué es el poder de las llaves.

5] Pero acerca de la enumeración de los pecados, hemos dicho arriba en nuestra Confesión que sostenemos que no es mandada por Dios.

6] Pues el que digan que todo juez debe primero oír los asuntos y defectos antes de pronunciar sentencia, y que por tanto primero deben enumerarse los pecados, etc., eso no viene al caso.

7] Pues la absolución es simplemente el mandato de declarar libre, y no es un nuevo juicio para investigar el pecado. Porque Dios es el Juez, quien no encomendó a los apóstoles el oficio de juez, sino la ejecución de la gracia, para declarar libres a aquellos que lo deseen; y ellos también desatan y absuelven de pecados que no recordamos.

8] Por lo tanto, la absolución es una voz del Evangelio, por medio de la cual recibimos consuelo, y no es un juicio o una ley.

9] Y es bastante necio e infantil entre la gente sensata introducir el dicho de Salomón, donde dice en 27:23: Diligenter cognosce vultum pecoris tui, es decir: «Sé diligente en conocer el estado de tus ovejas» (Proverbios 27:23), etc., en el contexto de la confesión o la absolución. Pues Salomón no habla allí en absoluto de la confesión, sino que da un mandato a los padres de familia, que deben estar contentos con lo suyo y abstenerse de los bienes ajenos, y ordena con esa palabra que cada uno cuide diligentemente de su ganado y bienes; sin embargo, no debe olvidar por avaricia el temor de Dios, el mandamiento de Dios y su Palabra. Pero los adversarios hacen de la Escritura blanco y negro, cuando y como quieren, en contra de todo sentido natural de las palabras claras en ese lugar: Cognosce vultum pecoris etc. Allí cognoscere tiene que significar oír confesión. «Ganado» u «ovejas» tiene que significar personas. Stabulum (establo), creemos, también significa una escuela donde se encuentran tales Doctores y Oradores. Pero les está bien empleado a quienes desprecian así la Sagrada Escritura y todas las buenas artes, que fallen tan burdamente en la gramática. Si alguien en ese lugar tuviera alguna vez el deseo de comparar a un padre de familia, de quien habla Salomón, con un pastor de almas, entonces vultus allí no tendría que significar los arcana conscientiae (secretos de la conciencia), sino la conducta externa.

10] Pero dejo eso. En algunos lugares de los Salmos se menciona la palabra confessio, como en el Salmo 32, v. 5: “Confesaré al Señor mi transgresión contra mí mismo.” (Salmo 32:5). Este confesar y reconocer, que se hace ante Dios, es el arrepentimiento mismo. Pues cuando confesamos a Dios, debemos reconocernos pecadores en el corazón, no solo con la boca, como los hipócritas que solo repiten las palabras. Así, esta confesión que se hace a Dios es un arrepentimiento tal en el corazón, donde siento la seriedad y la ira de Dios, le doy la razón a Dios en que se aíra justamente, que tampoco puede ser reconciliado con nuestro mérito, y donde sin embargo buscamos misericordia, después de que Dios ha prometido gracia en Cristo.

11] Así es la confesión en el Salmo 51, v. 4: “Contra ti solo he pecado, para que seas hallado justo cuando juzgas.” (Salmo 51:4). Es decir: Me confieso pecador y que he merecido la ira eterna, y no puedo aplacar tu ira ni con mis obras ni con mi mérito. Por eso digo que eres justo y nos castigas con razón. Te doy la razón, aunque los hipócritas te juzguen, diciendo que eres injusto por no mirar su mérito y buenas obras. Sí, sé que mis obras no resisten ante un juicio, sino que así somos hechos justos, cuando tú nos consideras justos por tu misericordia.

12] Quizás alguno podría citar también el dicho de Santiago: “Confesaos unos a otros vuestros pecados.” (Santiago 5:16). Pero no habla allí de la confesión que se hace al sacerdote, etc., sino que habla de reconciliarse y confesarse, cuando por lo demás me reconcilio con mi prójimo.

13] Los adversarios también tendrían que condenar a muchos de sus propios maestros si quisieran decir que la enumeración de los pecados debe hacerse y es mandada por Dios. Pues aunque nosotros también conservamos la confesión y decimos que no es inútil preguntar también a los jóvenes y a las personas inexpertas, para que puedan ser mejor instruidos: sin embargo, todo esto debe moderarse de tal manera que las conciencias no queden atrapadas, las cuales nunca pueden estar satisfechas mientras estén en la ilusión de que se es culpable ante Dios por no enumerar los pecados.

14] Por consiguiente, es totalmente falsa la palabra de los adversarios, donde dicen que para la salvación es necesaria una confesión completamente pura, donde no se oculte ningún pecado, etc. Pues tal confesión es imposible. ¡Oh, Señor Dios, cuán lastimosamente han atormentado y torturado a muchas conciencias piadosas con esto, al enseñar que la confesión debe ser completamente pura y que ningún pecado debe quedar sin confesar! Pues, ¿cómo puede un hombre estar siempre seguro de cuándo ha confesado de manera completamente pura?

15] Los Padres también mencionan la confesión, pero no hablan de la enumeración de los pecados secretos, sino de una ceremonia de penitencia pública. Pues antiguamente no se readmitía en la iglesia a aquellos que habían caído en vicios públicos sin una ceremonia y castigo públicos; por lo tanto, debían confesar sus pecados específicamente a los sacerdotes, para que las satisfactiones pudieran ser impuestas según la magnitud de la transgresión. Pero todo ese asunto no era igual a la enumeración de pecados de la que hablamos. Pues esa confesión y reconocimiento no ocurría porque sin esa confesión no pudiera ocurrir el perdón de los pecados ante Dios, sino para que no se les pudiera imponer ningún castigo externo si no se conocía el pecado.

16] Y de la ceremonia externa de la penitencia pública también proviene la palabra satisfactio o satisfacción. Pues los Padres no querían readmitir sin un castigo a aquellos que eran hallados en vicios públicos. Y esto tenía muchas causas. Pues servía de ejemplo, para que los vicios públicos fueran castigados; como también dice la Glosa en el Decreto. También era inapropiado admitir al sacramento de inmediato y sin prueba a aquellos que habían caído en vicios públicos. Todas esas ceremonias ya han desaparecido hace mucho tiempo, y no es necesario restablecerlas, pues no contribuyen en nada a la reconciliación ante Dios.

17] Tampoco fue de ninguna manera la intención de los Padres que los hombres obtuvieran por medio de ellas el perdón de los pecados; aunque tales ceremonias externas fácilmente llevan a los inexpertos a pensar que ayudan en algo a la salvación. Quien ahora enseña o sostiene eso, enseña y sostiene de manera completamente judía y pagana. Pues los paganos también tenían algunas purificaciones con las que querían imaginar que por ellas se reconciliaban con Dios.

18] Ahora bien, como esa forma de penitencia pública ha desaparecido, ha quedado el nombre satisfactio, y todavía queda la sombra de la antigua costumbre, de modo que en las confesiones imponen satisfacción y la llaman opera non debita (obras no debidas).

19] Nosotros las llamamos satisfactiones canonicas (satisfacciones canónicas). Sobre ellas enseñamos, como sobre la enumeración de los pecados, a saber, que esas ceremonias públicas no son mandadas por Dios, tampoco son necesarias y no ayudan al perdón de los pecados. Pues esta doctrina debe ser mantenida y permanecer ante todo: que obtenemos el perdón de los pecados por la fe, no por nuestras obras que ocurren antes o después, cuando somos convertidos o renacidos en Cristo. Y hemos hablado principalmente de las satisfactionibus por esta causa, para que nadie entienda la satisfacción de tal manera que por ella se suprima la doctrina de la fe, como si pudiéramos merecer el perdón de los pecados por nuestras obras.

20] Pues el peligroso error sobre las satisfactionibus se ha infiltrado y confirmado así por algunas doctrinas torpes que escriben los adversarios: que la satisfacción es una obra tal por la cual se reconcilia la ira y el disfavor divinos.

21] Sin embargo, los propios adversarios confiesan que las satisfactiones no liberan de la culpa ante Dios, sino que inventan que solo eximen y liberan de la pena o castigo. Pues así enseñan: que cuando el pecado es perdonado, la culpa o culpa se perdona sin intermediarios, solo por Dios; y sin embargo, puesto que Él es un Dios justo, no deja el pecado sin castigo y transforma la pena eterna en una pena temporal. Además, enseñan que una parte de la pena temporal es remitida por el poder de las llaves. Pero otra parte debe ser pagada mediante las satisfactiones o satisfacciones. Y no se puede entender qué parte de la pena o castigo es remitida por el poder de las llaves, a menos que quieran decir que una parte de la pena del purgatorio es remitida, de lo cual se seguiría que las satisfactiones sirven únicamente para redimir la pena del purgatorio. Y además dicen que las satisfactiones valen ante Dios, aunque sean hechas por aquellos que han caído en pecados mortales; ¡como si Dios se dejara reconciliar por aquellos que yacen en pecados mortales y son sus enemigos!

22] Todo esto son puras doctrinas y palabras soñadas e inventadas, sin fundamento alguno en la Escritura y en contra de todos los escritos de los antiguos Padres. Tampoco el propio Lombardo habla de esta manera sobre las satisfactionibus.

23] Los escolásticos bien oyeron decir que antiguamente hubo satisfactiones en la Iglesia, y no consideraron que era una ceremonia externa con la que los publice poenitentes o penitentes debían mostrarse ante la Iglesia con una ceremonia, la cual estaba instituida, primero, como un escarmiento y ejemplo, del cual otros pudieran aprender; segundo, como una prueba para ver si esos pecadores o penitentes que buscaban de nuevo la gracia se habían convertido de corazón. En resumen, no vieron que tal satisfactio había sido una disciplina externa, castigo y disciplina, y algo así como otra disciplina secular, establecida para causar temor o espanto. Sobre esto, enseñaron que no solo servían como disciplina, sino también para reconciliar a Dios y que eran necesarias para la salvación. Así como en muchos otros puntos mezclaron el reino de Cristo, que es espiritual, con el reino del mundo y la disciplina externa, así también hicieron con las satisfactionibus.

24] Pero las glosas en los canonibus indican en muchos lugares que esas satisfactiones solo deben servir como ejemplo ante la Iglesia.

25] Veamos ahora aquí cómo los adversarios fundamentan y prueban tales sueños suyos en la Confutación, la cual finalmente presentaron a Su Majestad Imperial. Citan muchos dichos de la Escritura para dar a los inexpertos una apariencia de que su doctrina sobre las satisfactionibus está fundada en la Escritura, la cual, sin embargo, era desconocida todavía en tiempos de Lombardo. Presentan estos dichos: “Haced, pues, frutos dignos de arrepentimiento” (Mateo 3:8; Lucas 3:8). Ítem: “presentad vuestros miembros para servir a la justicia” (Romanos 6:19). Ítem, Cristo dijo: “¡Arrepentíos!” (Mateo 4:17). Ítem, Cristo ordena a los apóstoles predicar el arrepentimiento (Lucas 24:47). Ítem, Pedro predica el arrepentimiento en Hechos de los Apóstoles 2:38. Después, señalan algunos dichos de los Padres y los Cánones y concluyen que las satisfacciones en la Iglesia no deben ser abolidas en contra del Evangelio, en contra de los decretos de los Padres y Concilios, en contra de la decisión de la santa Iglesia, sino que aquellos que obtienen la absolución deben cumplir su penitencia y satisfacción, impuestas por el sacerdote.

26] ¡Que Dios avergüence y castigue a tales sofistas desesperados, que interpretan tan traidora y malvadamente el santo Evangelio según sus sueños! ¿A qué hombre piadoso y honorable no le dolería en el corazón tan grande y público abuso de la Palabra divina? Cristo dice: “¡Arrepentíos!” Los apóstoles también predican: “¡Arrepentíos!” ¿Se prueba, por tanto, con estos dichos que Dios no perdona los pecados sino por causa de la satisfacción inventada? ¿Quién enseñó a estos burdos y desvergonzados asnos tal dialéctica? Pero no es dialéctica ni sofistería, sino que son jugarretas de bribones jugar así con la Palabra de Dios y cometer tan fastidiosa malicia. Por eso citan el dicho del Evangelio como oscuro y encubierto: “Arrepentíos” etc., para que, cuando los inexpertos oigan que esta palabra del Evangelio se cita contra nosotros, piensen que somos gente que no tiene en cuenta el arrepentimiento en absoluto. Con tales artimañas de malvados nos tratan. Aunque saben que enseñamos correctamente sobre el arrepentimiento, quieren sin embargo ahuyentar a la gente y amargar a muchas personas contra nosotros, para que los inexpertos griten: ¡Crucifica, crucifica a tales herejes dañinos, que no tienen en cuenta el arrepentimiento! Y así son públicamente vencidos aquí como mentirosos.

27] Pero nos consolamos con esto y sabemos con certeza que, entre las personas temerosas de Dios, sí, entre las personas honorables, piadosas y rectas, tales mentiras desvergonzadas y falsificaciones de la Sagrada Escritura no logran nada. Así también el Señor Dios, tan cierto como que es un Dios vivo, no tolerará por mucho tiempo tal blasfemia desvergonzada y maldad inaudita; ciertamente se quemarán con el primer y segundo mandamiento de Dios. Y puesto que en nuestra Confesión hemos abarcado casi todos los artículos supremos de toda la doctrina cristiana, de modo que sobre este asunto no puede haber ningún asunto mayor y de más alta importancia bajo el sol, se debería, para estos asuntos elevados y de suma importancia, que conciernen a toda la santa religión cristiana, al bienestar y la unidad de toda la Iglesia cristiana y a tantas innumerables almas y conciencias en todo el mundo, ahora en este tiempo y entre nuestros descendientes, haber buscado y elegido con toda la fidelidad y la máxima diligencia a personas que fueran más temerosas de Dios, sensatas, experimentadas, capaces y rectas, y que también mostraran más corazón y sentir fiel y bueno para el bien común, para la unidad de la Iglesia, para el bienestar del Imperio, que los sofistas disolutos y frívolos que escribieron la Confutación.

28] Y usted, Señor Cardenal Campeggio, como persona sensata a quien se confió este asunto en Roma, cuya sabiduría se quiere alabar, si no hubiera querido considerar o mirar nada más que el honor del Papa y de la Sede de Roma, debería haber administrado mejor aquí y haber prevenido esto con la máxima diligencia, para que en un asunto tan grande y excelente no se hubiera escrito por tales o semejantes sofistas una confutatio tan torpe, la cual, tanto en este tiempo como en el futuro entre los descendientes, no le reportará sino pura burla, disminución de su reputación y nombre, y una vergüenza y daño eterno e irreparable.

29] Ustedes, romanistas, ven que estos son los últimos tiempos antes del Juicio Final, de los cuales Cristo advierte que ocurrirán muchos peligros en la Iglesia. Ustedes, pues, que quieren ser llamados guardianes, pastores y cabezas de la Iglesia, deberían en este tiempo vigilar con singular, fiel y máxima diligencia. Ya hay muchas señales ante los ojos de que, si no se adaptan y ajustan muy bien al tiempo y a las circunstancias, todo el estado y la esencia romana sufrirán un cambio grande y fuerte.

30] Y no se atrevan a pensar, sí, no se atrevan a imaginar, que quieren mantener a las congregaciones e iglesias con ustedes y con la Sede Romana solo con la espada y la violencia. Pues las buenas conciencias claman por la verdad y la instrucción correcta de la Palabra de Dios, y para ellas la muerte no es tan amarga como les es amargo dudar en algún punto; por eso deben buscar dónde encontrar instrucción. Si quieren mantener la Iglesia con ustedes, deben procurar enseñar y predicar correctamente; con eso pueden lograr una buena voluntad y una obediencia constante.

34] Volvamos aquí al asunto. Los dichos de la Escritura citados por los adversarios no hablan de las satisfacciones de las que disputan los adversarios. Por lo tanto, es pura falsificación de la Escritura que interpreten la Palabra de Dios según su opinión. Decimos que donde hay verdadero arrepentimiento, renovación del Espíritu Santo, en el corazón, allí siguen ciertamente buenos frutos, buenas obras, y no es posible que un hombre se convierta a Dios, tenga verdadero arrepentimiento, contrición sincera, y no sigan buenas obras, buenos frutos. Pues un corazón y una conciencia que ha sentido correctamente su miseria y pecado, que está correctamente aterrorizado, no estimará ni buscará muchos placeres del mundo. Y donde está la fe, allí se es agradecido a Dios, se estiman y aman sinceramente sus mandamientos. Tampoco hay ciertamente arrepentimiento verdadero interiormente en el corazón si no mostramos externamente buenas obras, paciencia cristiana.

35] Y así lo entiende también Juan el Bautista, cuando dice: “Haced, pues, frutos dignos de arrepentimiento.” (Mateo 3:8; Lucas 3:8). Ítem, Pablo, cuando dice a los Romanos en 6:19: “presentad vuestros miembros para servir a la justicia” etc. Y Cristo, cuando dice: “¡Arrepentíos!”, habla verdaderamente del arrepentimiento completo y de toda la vida nueva y sus frutos. No habla de las satisfacciones hipócritas de las que sueñan los escolásticos y se atreven a decir que también valen ante Dios por la pena, incluso cuando se hacen en pecados mortales. ¡Eso sería ciertamente un culto precioso!

36] También hay, por lo demás, muchos argumentos y razones por los que los dichos de la Escritura antes indicados no concuerdan con las satisfacciones de las que hablan los escolásticos. Ellos inventan y dicen que las satisfactiones son obras que no estamos obligados a hacer. Pero la Sagrada Escritura en los dichos introducidos exige tales obras que estamos obligados a hacer. Pues esta palabra de Cristo, donde dice: “¡Arrepentíos!”, es una palabra del mandamiento divino.

37] Ítem, los adversarios escriben que aquellos que confiesan, aunque no quieran aceptar las satisfactiones impuestas, no pecan por ello, sino que tendrán que sufrir castigo y satisfacer en el purgatorio. Ahora bien, no hay duda alguna de que estos dichos: “¡Arrepentíos!” etc., ítem de Pablo: “presentad vuestros miembros para servir a la justicia” y dichos similares, son de Cristo y de los apóstoles, que no conciernen en absoluto al purgatorio, sino solo a esta vida. Por consiguiente, no pueden extenderse a las satisfactionibus impuestas, que puedo aceptar o no aceptar; pues los mandamientos de Dios no nos son dejados a nuestra libre elección de esa manera, etc.

38] En tercer lugar, el derecho papal y el Canon enseñan que por medio de la indulgencia se remiten tales satisfactiones, cap. Quum ex eo, de poenitentiis. Pero la indulgencia no libera a nadie de estos mandamientos: “¡Arrepentíos, haced frutos dignos de arrepentimiento!” etc. Por lo tanto, es claro como el día que se introducen de manera completamente torpe los dichos de la Escritura sobre las satisfactionibus.

39] Pues si las penas del purgatorio son satisfactiones o satispassiones, o si las satisfactiones son la liquidación de la pena del purgatorio, entonces los dichos de Cristo y Pablo antes indicados también deben probar y demostrar que las almas van al purgatorio y sufren pena allí. Si ahora esto se sigue necesariamente de la opinión de los adversarios, entonces todos los dichos deben vestir ropas nuevas y ser interpretados así: Facite fructus etc., “haced frutos dignos de arrepentimiento”, es decir: Sufrid en el purgatorio después de esta vida.

40] Pero es tedioso hablar más sobre el error público de los adversarios. Pues se sabe con certeza que la Escritura en esos lugares habla de obras que estamos obligados a hacer, y de toda la vida nueva de un cristiano, etc., no de las obras inventadas que no estamos obligados a hacer, de las que hablan los adversarios. Y sin embargo, con estas mentiras defienden la vida monástica, la compra y venta de misas e innumerables tradiciones nuestras, a saber, que son obras para satisfacer por la pena y el castigo, aunque no satisfagan por la culpa ante Dios.

41] Puesto que los dichos citados de la Escritura no mencionan en absoluto que por las obras que no estamos obligados a hacer se pague la pena eterna o el purgatorio, los adversarios dicen sin fundamento alguno que por tales satisfactiones se redimen las penas del purgatorio. Tampoco las llaves tienen mandato para imponer penas o para eximir la pena en parte, a medias o por completo. No se leen tales sueños y mentiras en ninguna parte de la Escritura. Cristo habla del perdón de los pecados, cuando dice: “lo que desatéis” etc. (Mateo 16:19; 18:18). Cuando el pecado es perdonado, entonces también la muerte es quitada y la vida eterna es dada. Tampoco el texto: “lo que desatéis” etc., habla de imponer castigo, sino de que los pecados permanecen sobre aquellos que no se convierten.

42] Aunque ahora sostenemos que después del verdadero arrepentimiento deben seguir buenos frutos y obras, para alabanza y agradecimiento a Dios, y de esas buenas obras y frutos tenemos los mandamientos de Dios, como el ayuno, la oración, la limosna, etc.: sin embargo, no se encuentra en ninguna parte de la Escritura que la ira de Dios o las penas eternas puedan ser canceladas por la pena del purgatorio o por satisfactiones o satisfacción, es decir, por algunas obras que de todos modos no estaríamos obligados a hacer, o que el poder de las llaves tenga mandato para imponer pena o remitir una parte de la pena. Esto deberían ahora probar los adversarios a partir de la Escritura; bien lo dejarán estar.

43] Además de esto, es cierto que la muerte de Cristo es una satisfacción no solo por la culpa ante Dios, sino también por la muerte eterna, como dice claramente el dicho de Oseas: “Muerte, yo seré tu muerte.” (cf. Oseas 13:14). ¿Qué abominación es, entonces, decir que la muerte de Cristo satisface por la culpa ante Dios, pero la pena que sufrimos nos redime de la muerte eterna, de modo que esta palabra del profeta: “Muerte, yo seré tu muerte” no deba entenderse de Cristo, sino de nuestras obras, y además de miserables estatutos humanos que Dios no ha mandado?

44] Y además de eso se atreven a decir que esas obras satisfacen por la muerte eterna, ¡incluso si se hacen en pecados mortales! Debe dolerle con razón a un corazón piadoso el discurso completamente torpe de los adversarios. Pues a quien lo lee y considera, deben dolerle sinceramente tales doctrinas públicas del diablo, que el maldito Satanás ha esparcido en el mundo para suprimir la verdadera doctrina del Evangelio, para que nadie o pocos puedan ser instruidos sobre qué es la Ley o el Evangelio, qué es el arrepentimiento o la fe, o cuáles son los beneficios de Cristo.

45] Pues de la Ley dicen así: Dios ha considerado nuestra debilidad y ha puesto al hombre un límite y medida de las obras que está obligado a hacer; estas son las obras de los diez mandamientos, etc., para que de lo restante, de las operibus supererogationis, es decir, de las obras que no está obligado a hacer, pudiera satisfacer por sus faltas y pecados. Ahí inventan ellos mismos un sueño, como si un hombre pudiera o fuera capaz de cumplir la ley de Dios de tal manera que hiciera algo más y sobrante de lo que la ley requiere, cuando sin embargo toda la Sagrada Escritura testifica, todos los profetas también testifican, que la ley de Dios requiere mucho más de lo que jamás somos capaces de hacer. Pero quieren imaginar que la ley de Dios y Dios están satisfechos con obras externas, y no ven cómo la ley requiere que amemos a Dios de todo corazón, etc., y que estemos libres de toda mala concupiscencia. Por lo tanto, no hay hombre en la tierra que haga tanto como la ley requiere. Por eso, es completamente necio e infantil a los ojos de los sensatos que inventen que podemos hacer todavía algo más de lo que la ley divina requiere.

46] Pues aunque podamos hacer las pobres obras externas, que no Dios, sino los hombres han mandado, las cuales Pablo llama estatutos miserables (cf. Gálatas 4:9), sin embargo, es una confianza necia y vana que yo quisiera confiar en que con ello he cumplido la ley de Dios, sí, que he hecho más de lo que Dios requiere. Ítem, las oraciones correctas y las limosnas correctas, los ayunos correctos, son mandados por Dios, y en el caso de que sean mandados por Dios en la ley de Dios; pero [cuando] no son mandados por Dios, sino que tienen una forma según la elección humana, entonces no son nada más que estatutos humanos, de los cuales Cristo dice: “En vano me honran, enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres.” (Mateo 15:9). Como lo son algunos ayunos determinados, no inventados para domar la carne, sino para honrar a Dios con ello y, como dice Escoto, librarse de la muerte eterna. Ítem, como lo son algunas oraciones, algunas limosnas determinadas, que deben ser un culto divino, que reconcilie a Dios ex opere operato y redima de la condenación eterna. Pues dicen y enseñan que tales obras ex opere operato, es decir, por la obra realizada, satisfacen por el pecado, y enseñan que tal satisfacción vale, aunque uno esté en pecados mortales.

47] Además de esto hay todavía obras que tienen aún menos mandato o mandamiento divino, como los rosarios, las peregrinaciones, que son de diversos tipos. Pues algunos van con armadura completa a Santiago, otros descalzos y cosas semejantes. Cristo llama a esto cultos vanos e inútiles. Por lo tanto, no son útiles para reconciliar a Dios, como sin embargo dicen los adversarios, y esas obras, como las peregrinaciones, sin embargo las alaban y las consideran obras grandes y preciosas, las llaman opera supererogationis, y, lo que es más vergonzoso, lo que es aún más blasfemo, les dan el honor que solo corresponde a la muerte y sangre de Cristo, que deben ser el pretium, es decir, el tesoro, con el que somos redimidos de la muerte eterna. ¡Fuera con el maldito diablo, que se atreve a injuriar y blasfemar así la santa y preciosa muerte de Cristo!

48] Así se prefieren esas peregrinaciones a las verdaderas obras expresadas en los diez mandamientos, y así se oscurece la ley de Dios de dos maneras: primero, porque imaginan que han satisfecho la ley cuando han hecho las obras externas; segundo, porque estiman más las miserables tradiciones humanas que las obras que Dios ha mandado.

49] Además de esto, también se suprime la doctrina del arrepentimiento y la gracia. Pues la muerte eterna y las angustias del infierno no se cancelan así como ellos quieren imaginar. Se debe tener un tesoro muy diferente y mayor, por el cual seamos comprados de la muerte, de las angustias y dolores eternos, de lo que son nuestras obras. Pues tal santidad de obras es una cosa ociosa, y los santos por obras ni siquiera prueban lo que es la muerte, sino que así como la ira de Dios no puede ni podrá ser vencida de otra manera que por la fe en Cristo, así también la muerte es vencida solo por medio de Cristo, como dice Pablo: “Mas gracias sean dadas a Dios, que nos da la victoria por medio de nuestro Señor Jesucristo.” (1 Corintios 15:57). No dice: que nos da la victoria por medio de nuestra satisfacción.

50] Los adversarios hablan muy fríamente y somnolientamente del perdón de los pecados ante Dios y no ven que el perdón de tal culpa y la redención de la ira de Dios y de la muerte eterna es una cosa tan grande, que tal cosa se obtiene solo por medio del único Mediador Cristo y por la fe en Él. Puesto que ahora la muerte y la sangre de Cristo son el verdadero pago por la muerte eterna, y los propios adversarios confiesan que tales obras de satisfacción son obras que no estamos obligados a hacer, sino estatutos humanos, de los cuales Cristo dice en Mateo 15:9 que son cultos vanos, podemos concluir libremente también a partir de sus propias palabras que tales satisfactiones no son mandadas por Dios, tampoco cancelan la pena eterna y la culpa, ni la pena del purgatorio.

51] Quizás los adversarios nos reprochen aquí que la pena y el castigo pertenecen propiamente al arrepentimiento. Pues Agustín dice: “El arrepentimiento es una venganza, angustia y castigo sobre el pecado”. Respuesta: Nuestros adversarios son burdos asnos, que interpretan las palabras de Agustín, quien allí habla del arrepentimiento y de toda la penitencia, aplicándolas a la ceremonia de la satisfacción y además añaden que tal satisfactio debe merecer el perdón de la muerte eterna. Nosotros también enseñamos que en el arrepentimiento hay castigo de los pecados; pues los grandes terrores, por los cuales el pecado es juzgado en nosotros, son un castigo mucho mayor y más elevado que las peregrinaciones y juegos de manos similares. Pero tal terror no concierne a las satisfactiones, tampoco merece el perdón de los pecados o de la muerte eterna, sino que si no fuéramos consolados por la fe, tal terror y castigo serían pura pecado y muerte. Así enseña Agustín sobre el castigo. Pero nuestros adversarios, los burdos asnos, no saben en absoluto qué es el arrepentimiento o la contrición, sino que andan con sus juegos de manos, con rosarios, peregrinaciones y cosas semejantes.

53] Pero ahí dicen: Dios, como [dado que] es un Juez justo, no debe dejar el pecado sin castigo. Sí, verdaderamente castiga el pecado, cuando en tal terror oprime y angustia las conciencias tan fuertemente con su ira, como dice David en el Salmo 6, v. 1: “Jehová, no me reprendas en tu enojo”. Y Jeremías en el capítulo 10, v. 24: “Castígame, oh Jehová, mas con juicio; no con tu furor, para que no me aniquiles.” Allí habla verdaderamente de una angustia grande e inefable, y los propios adversarios confiesan que la contrición puede ser tan amarga y vehemente que la satisfacción no sea necesaria. Por lo tanto, la contritio o contrición es ciertamente una pena más segura que la satisfactio.

54] Además de esto, los santos deben soportar la muerte, toda clase de cruz y tribulación como los demás; como dice Pedro en 1 Pedro 4:17: “Porque es tiempo de que el juicio comience por la casa de Dios”. Y aunque esas tribulaciones son a menudo penas y castigos por el pecado, sin embargo, en los cristianos tienen otra causa, a saber, que deben impulsar y ejercitar a los cristianos, para que en la tentación noten su fe débil y aprendan a buscar la ayuda y el consuelo de Dios, como Pablo dice de sí mismo en 2 Corintios 1:9: “estuvimos abrumados sobremanera más allá de nuestras fuerzas, de tal modo que aun perdimos la esperanza de conservar la vida. Pero tuvimos en nosotros mismos sentencia de muerte, para que no confiásemos en nosotros mismos”. Y Isaías dice: “La necesidad y angustia en que están y te invocan es para ellos una disciplina”, es decir, la tribulación es la disciplina infantil por la cual Dios ejercita a los santos.

55] Ítem, las tribulaciones también nos las envía Dios para matar y sofocar el pecado que aún queda en nosotros, para que seamos renovados en el espíritu; como dice Pablo en Romanos 8:10: “el cuerpo en verdad está muerto a causa del pecado”, es decir, es mortificado cada día más y más a causa del pecado que aún queda en la carne, y la muerte misma sirve para poner fin a la carne pecaminosa, y para que resucitemos de los muertos completamente santos y renovados.

57] De estas tribulaciones y penas no somos liberados por las satisfactiones; por consiguiente, no se puede decir que las satisfactiones valgan por tal cruz y tribulación y quiten los castigos temporales de los pecados. Pues esto es cierto: que el poder de las llaves no puede absolver libre y sueltamente a nadie de la cruz o de otras tribulaciones comunes. Y si quieren que la palabra poenae, por la cual se satisface, se entienda de las tribulaciones comunes, ¿cómo enseñan entonces que se debe satisfacer en el purgatorio?

58] Nos presentan ejemplos de Adán y David, quien fue castigado por su adulterio. De estos ejemplos hacen una regla: que todo pecado debe tener su cierto castigo temporal antes de que los pecados sean perdonados.

59] He dicho antes que los cristianos sufren tribulación, por la cual son disciplinados, sufren terror en la conciencia, muchas luchas y tentaciones. Así también nuestro Señor Dios impone a algunos pecadores penas y castigos propios como ejemplo. Y con esas penas el poder de las llaves no tiene nada que ver, sino que solo Dios tiene que imponerlas y quitarlas, como Él quiera. Tampoco se sigue en absoluto, porque a David se le impuso un castigo propio, que por ello, además de la cruz y tribulación común de todos los cristianos, haya todavía una pena del purgatorio, donde cada pecado tiene su grado y medida de pena.

60] Pues no se encuentra en ninguna parte de la Escritura que no podamos ser redimidos de la pena eterna y de la muerte sino por medio de tal liquidación de nuestro sufrimiento y satisfacción. Sino que por todas partes la Escritura testifica que obtenemos el perdón de los pecados sin mérito por medio de Cristo, y que solo Cristo ha vencido el pecado y la muerte. Por lo tanto, no debemos coser y remendar nuestro mérito en ello. Y aunque los cristianos deben sufrir toda clase de pena, castigo y tribulación, sin embargo, la Escritura indica que tales nos son impuestas para matar y humillar al viejo Adán, no para redimirnos de la muerte eterna.

61] Job es disculpado en la Escritura, de no haber sido afligido por alguna mala acción. Por lo tanto, las tribulaciones y tentaciones no son siempre signos de la ira divina, sino que se debe instruir diligentemente a las conciencias para que aprendan a ver las tribulaciones de manera muy diferente, a saber, como signos de gracia, para que no piensen que Dios las ha rechazado cuando están en tribulaciones. Se deben ver los otros frutos correctos de la cruz, a saber, que Dios nos acomete y por eso hace una obra extraña, como dice Isaías, para poder tener su obra propia en nosotros; como hace de ello una larga y consoladora predicación en el capítulo 28.

62] Y cuando los discípulos preguntaron sobre el ciego, Juan 9:2-3, Cristo dice que ni los padres del ciego ni él habían pecado, sino que la gloria y las obras de Dios debían manifestarse. Y así dice también el profeta Jeremías: “Aquellos que no tienen culpa de ello, también beberán la copa” etc. (cf. Jeremías 25:28-29). Así fueron asesinados los profetas, así fue muerto Juan el Bautista y otros santos.

63] Por lo tanto, las tribulaciones no son siempre castigos o penas por los pecados anteriores, sino que son obras de Dios dirigidas a nuestro beneficio, para que la fuerza y el poder de Dios se reconozcan más claramente en nuestra debilidad, cómo puede ayudar en medio de la muerte, etc. Así dice Pablo: “mi poder se perfecciona en la debilidad.” (2 Corintios 12:9). Por lo tanto, debemos ofrecer nuestros cuerpos según la voluntad de Dios, para mostrar nuestra obediencia y paciencia, no para redimirnos de la muerte eterna o de la pena eterna. Pues para eso Dios ha dispuesto otro tesoro, a saber, la muerte de su Hijo, nuestro Señor Cristo.

64] Y así interpreta San Gregorio el ejemplo de David, diciendo: “Si Dios le amenazó a causa de ese pecado, que sería humillado así por su propio hijo, ¿por qué permitió que sucediera, si el pecado ya estaba perdonado? Hay que responder que el perdón ocurrió para que el hombre no fuera impedido de recibir la vida eterna. El castigo amenazado, sin embargo, siguió, para probarlo y mantenerlo en humildad. Así también Dios impuso al hombre la muerte natural y tampoco la quitó cuando el pecado fue perdonado, para que fueran probados y examinados aquellos a quienes se les perdona el pecado y son santificados.”

65] Ahora es público que las llaves no quitan este castigo común, como la guerra, la carestía y plagas similares; ítem, que tampoco las satisfactiones canonicas nos liberan de tales plagas, de modo que nuestras satisfactiones deban ayudar o valer por ello, aunque estemos en pecados mortales. También los propios adversarios confiesan que imponen las satisfactiones no por tales plagas comunes, sino por el purgatorio. Por lo tanto, sus satisfactiones son puros sueños inventados.

66] Pero aquí algunos citan el dicho de Pablo en 1 Corintios 11:31: “Si, pues, nos examinásemos a nosotros mismos, no seríamos juzgados.” De ahí concluyen: si nos impusiéramos castigo a nosotros mismos, Dios castigaría más benignamente. Respuesta: Pablo habla de la mejora de toda la vida, no de un castigo y ceremonia externos, por lo tanto, este dicho no tiene nada que ver con la satisfacción. Pues, ¿qué le importa a Dios el castigo sin mejora? Sí, es una blasfemia horrenda que se enseñe que nuestra satisfacción alivia el castigo de Dios, ¡incluso si se hace en pecados mortales!

67] Pablo habla de arrepentimiento y fe y de toda la mejora, no habla solo del castigo externo. Por lo tanto, de aquí no se puede forzar más que esto: si nos mejoramos, Dios aparta su castigo. Eso es verdad y es útil, consolador y necesario predicar que Dios alivia el castigo cuando nos mejoramos, como hizo con Nínive. Y así enseña Isaías en el capítulo 1, v. 18–19: “si vuestros pecados fueren como la grana, como la nieve serán emblanquecidos… Si quisiereis y oyereis”.

68] Y esta mejora no consiste en la canonica satisfactione, sino en otras partes de la penitencia, en el arrepentimiento, en la fe, en las buenas obras que siguen a la fe. Pero nuestros adversarios interpretan estos dichos consoladores aplicándolos a sus mentiras y juegos de manos sobre la satisfacción.

70] Que los antiguos maestros y Padres mencionen la satisfacción, que los Concilios hayan hecho Cánones sobre las satisfactionibus, he dicho arriba que fue una ceremonia externa, y no fue la opinión de los Padres que esa ceremonia de la penitencia debiera ser una cancelación de la culpa ante Dios o de la pena. Pues si bien hay algunos Padres que mencionan el purgatorio, ellos mismos lo exponen así: aunque existiera, no sería redención de la muerte y pena eternas, lo cual solo hace Cristo, sino que sería una purificación y limpieza (como ellos hablan) de las almas imperfectas. Así dice Agustín [Gennadio de Marsella]: “Los pecados diarios son quemados y extinguidos, así la fe débil hacia Dios y cosas similares” etc.

71] Se encuentra también en algunos lugares que los Padres usan la palabra satisfactio o satisfacción, que originalmente proviene de la ceremonia de la penitencia pública, como he dicho, por el verdadero arrepentimiento y mortificación del viejo Adán. Así dice Agustín [Gennadio de Marsella]: “La verdadera satisfactio o satisfacción es cortar las causas de los pecados, es decir, mortificar la carne” etc. ítem, “domar y castigar la carne; no para que la muerte o pena eterna sea cancelada con ello, sino para que la carne no nos arrastre a los pecados”.

72] Así dice Gregorio sobre la restitución de bienes ajenos, que es una falsa penitencia si no se satisface a aquellos cuyos bienes poseemos injustamente. Pues no se arrepiente de haber robado quien sigue robando. Porque mientras posea bienes ajenos, es un ladrón o salteador. Esa misma satisfacción hacia aquellos a quienes uno debe, debe hacerse hacia ellos mismos, y de esa civili satisfactione (satisfacción civil) no es necesario disputar aquí.

74] Ítem, los Padres escriben que es suficiente que la publica Poenitentia o penitencia pública, de la cual se hicieron los canones satisfactionum, ocurra una vez en toda la vida. De ahí se puede notar que su opinión no fue que esos Cánones fueran necesarios para el perdón de los pecados. Pues sin esas ceremonias de la penitencia pública, enseñan por lo demás mucho sobre la penitencia cristiana, donde no mencionan los canones satisfactionum.

75] Los asnos que redactaron la Confutación dicen que no se puede tolerar que se quieran abolir las satisfactiones en contra del Evangelio público. Pero hemos mostrado hasta ahora con suficiente claridad que esas canonicae satisfactiones, es decir, tales obras como ellos hablan de ellas, que no estamos obligados a hacer, no están fundadas en la Escritura o el Evangelio.

76] Así lo indica la cosa misma. Pues si las satisfactiones son obras que no se está obligado a hacer, ¿por qué dicen que enseñamos en contra del claro Evangelio? Pues si en el Evangelio estuviera escrito que las penas eternas y la muerte se quitan por medio de tales obras, entonces serían obras que se estaría obligado a hacer ante Dios. Pero hablan así para poner una apariencia ante la nariz de los inexpertos, y citan dichos de la Sagrada Escritura que hablan de verdaderas obras cristianas que estamos obligados a hacer, mientras que ellos fundamentan su satisfacción en obras que no estamos obligados a hacer, y que llaman opera non debita. Ellos mismos enseñan y conceden en sus escuelas que se pueden omitir tales satisfacciones sin pecado mortal. Por lo tanto, es falso que digan que el claro Evangelio dispone [ordena] que se deben mantener las satisfactiones.

77] Además, hemos dicho ahora a menudo que el arrepentimiento genuino no puede existir sin buenas obras y frutos, y qué son las verdaderas buenas obras lo enseñan los diez mandamientos, a saber: estimar, temer y amar a Dios el Señor verdadera y de corazón por encima de todo, invocarlo alegremente en las necesidades, agradecerle siempre, confesar su Palabra, oír esa Palabra, consolar también a otros por medio de ella, enseñar, obedecer a los padres y a la autoridad, cumplir fielmente su oficio y vocación, no ser amargo, ni odioso, no matar, sino ser consolador, amigable con el prójimo, ayudar a los pobres según las posibilidades, no fornicar, no adulterar, sino refrenar la carne en todas partes. Y todo esto, no para satisfacer por la muerte eterna o la pena eterna, lo cual corresponde solo a Cristo, sino para hacerlo de modo que no se dé lugar al diablo y no se enoje a Dios y no se contriste y deshonre al Espíritu Santo. Estos frutos y buenas obras Dios los ha mandado, tienen también su recompensa, y por la gloria de Dios y el mandamiento divino también deben hacerse. Pero que las penas eternas no se remiten de otra manera que solo por medio de la satisfacción en el purgatorio o algunas buenas obras de tradiciones humanas, de eso la Sagrada Escritura no dice nada en ninguna parte.

78] Por medio de la indulgencia se eximen a veces tales penitencias y satisfacciones impuestas a los publice poenitentibus o penitentes, para que la gente no sea sobrecargada demasiado. Si ahora los hombres tienen poder para remitir las satisfactiones y los castigos o penas impuestos, entonces tal satisfactio no es mandada por Dios. Pues el mandato y mandamiento divino un hombre no puede abolirlo. Puesto que la antigua forma de penitencia y satisfacción públicas ha sido abolida hace mucho tiempo, lo cual los obispos han dejado suceder de un tiempo a otro, la indulgencia no es necesaria, y sin embargo el nombre indulgentia o indulgencia ha permanecido en la Iglesia. Así como la palabra satisfactio fue entendida de manera diferente que como una ordenanza y ceremonia eclesiástica, así también esta palabra indulgencia ha sido interpretada y expuesta incorrectamente como una gracia e indulgencia tal por la cual las almas son liberadas del purgatorio,

79] cuando sin embargo todo el poder de las llaves en la Iglesia no se extiende más allá que solo aquí en la tierra, como dice el texto: “Todo lo que atares en la tierra será atado en los cielos; y todo lo que desatares en la tierra será desatado en los cielos.” (Mateo 16:19; 18:18). Así, el poder de las llaves no es un poder tal para establecer castigos propios particulares o cultos divinos, sino solo para perdonar los pecados a aquellos que se convierten, y para excomulgar [ban] a aquellos que no se convierten. Pues desatar en ese lugar significa perdonar pecados, atar significa no perdonar pecados. Porque Cristo habla de un reino espiritual, y Dios ha mandado desatar de los pecados a aquellos que se convierten, como dice Pablo: “nos dio el Señor… para edificación, y no para vuestra destrucción.” (2 Corintios 10:8; 13:10).

80] Por lo tanto, también la reservatio casuum, es decir, en la cual el Papa y los obispos reservan algunos casos, es una cosa externa y mundana. Pues se reservan la absolución a poena canonica (de la pena canónica), no de la culpa ante Dios. Por lo tanto, los adversarios enseñan correctamente, cuando ellos mismos confiesan y dicen que en la hora de la muerte tal reservatio o reserva no debe impedir la verdadera absolución cristiana.

81] Con esto hemos presentado la suma de nuestra doctrina sobre la penitencia y sabemos con certeza que es cristiana y muy útil y sumamente necesaria para los corazones piadosos. Y si las personas temerosas de Dios, piadosas y honorables consideran este asunto de suma importancia según la necesidad y comparan esta doctrina nuestra, sí, de Cristo y los apóstoles, con tantas disputaciones y libros torpes, confusos e infantiles de los adversarios, encontrarán que ellos han omitido por completo la parte más elevada y necesaria, a saber, la fe en Cristo, sin la cual nadie puede enseñar o aprender nada genuino y cristiano, por la cual sola las conciencias pueden tener verdadero consuelo. Verán también que los adversarios inventan mucho de su propio cerebro sobre el mérito de la atrición, sobre la enumeración de los pecados, sobre la satisfacción, todo lo cual no tiene fundamento en la Escritura y no tiene pies ni cabeza, lo cual los propios adversarios no entienden.